REPÚBLICA DOMINICANA PROHÍBE CAPTURA DE TORTUGAS MARINAS
Durante 10 años más
El Gobierno prohibió por un nuevo período de diez años la captura, matanza, recolección de huevos y comercialización de tortugas marinas de cuatro especies distintas que existen en el país
La disposición está contenida en el decreto 288-12 emitido por el presidente Leonel Fernández, mediante el cual se especifica que las tortugas de la familia Cheloniidae o tortuga verde, carey, caguamo y dermochelyidae que se conoce comúnmente como tinglar, se prohíbe la manufactura, comercio y venta de artesanía elaborada de su concha.
En el artículo tres se instruye al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales proceder a realizar la vigilancia, monitoreo, inspección, decomiso y sometimientos legales que sean necesarios en los establecimientos comerciales que utilicen o expendan restos, derivados o artesanías de los especímenes indicados, para garantizar el fiel cumplimiento del decreto.
En el artículo cuatro encomienda a Medio Ambiente a implementar programas de educación ambiental, divulgación y concienciación para generar cambios de actitudes en la población, tendente a propiciar la protección y la preservación de las tortugas marinas.
En tanto que el artículo cinco advierte que la violación de lo dispuesto en el presente decreto, será sancionada de acuerdo con lo establecido en los artículos 167 y 168 de la Ley sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales 64-00.
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